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puesta en escena.thhs.care

BORRADOR — SE REQUIERE REVISIÓN FINAL ANTES DE SU PUBLICACIÓN. Confirme si THHS cumple actualmente con el número mínimo de empleados que requiere un Coordinador de la Sección 1557 designado formalmente y procedimientos internos de quejas por escrito. Asimismo, confirme que el número de teléfono y la dirección de correo electrónico que se muestran aquí coinciden con la información de contacto utilizada en todas las páginas de THHS relativas a asuntos legales, privacidad, derechos, accesibilidad y quejas. Cuando la ley aplicable exija que THHS realice una revisión interna, proporcione un proceso formal de quejas o designe un Coordinador de la Sección 1557, THHS cumplirá con dichos requisitos o coordinará el proceso necesario. Elimine este banner solo después de la aprobación final.

Igualdad de acceso en THHS

Cuidado pertenece a todos.

Tender Hand Healthcare Services cree que toda persona merece una oportunidad justa para recibir información, comunicarse, participar, tomar decisiones y acceder a la atención y el apoyo adecuados. La discriminación jamás debería impedir que una persona acceda a los servicios, la información o las oportunidades que necesita.

An open door representing welcome and belonging

Última actualización: 19 de mayo de 2026   · Eficaz: 19 de mayo de 2026

“La igualdad de acceso no consiste en tratar a todas las personas exactamente igual. Se trata de garantizar que cada persona tenga una oportunidad justa de ser comprendida, incluida, apoyada y respetada.”

Aviso oficial

1. THHS no discrimina

Tender Hand Healthcare Services LLC (“THHS”, “Tender Hand”, “nosotros” o “nuestro”) cumple con las leyes federales y estatales de derechos civiles aplicables.

THHS no excluye ilegalmente a las personas, no niega beneficios, no trata a las personas de manera menos favorable ni discrimina en sus programas o actividades de salud cubiertos.

Acceso protegido a la atención y los servicios

Las protecciones aplicables pueden incluir:

  • Carrera.
  • Color.
  • Origen nacional, incluyendo dominio limitado del inglés y lengua materna.
  • Sexo, de conformidad con la legislación aplicable.
  • Edad.
  • Discapacidad.
  • Otras características protegidas por la legislación federal, de Nueva Jersey o local aplicable.

THHS aplica estándares legales relacionados con el servicio al considerar la elegibilidad, la idoneidad clínica, la autorización del programa, el personal, la disponibilidad del servicio, los requisitos de las aseguradoras, la salud y la seguridad. Estos estándares se aplicarán de manera no discriminatoria.

2. Asistencia lingüística, apoyo a la comunicación y acceso para personas con discapacidad.

THHS trabaja para que la información importante y los servicios cubiertos sean accesibles de manera efectiva. Cuando lo exige la ley aplicable, se brinda la asistencia apropiada sin costo alguno.

ACCESO 01

Asistencia lingüística

Se podrán proporcionar intérpretes cualificados y servicios de asistencia lingüística adecuados a las personas con dominio limitado del inglés cuando sea necesario para facilitar un acceso significativo.

ACCESO 02

Información traducida

La información escrita importante podrá ser traducida o proporcionada en otro formato lingüístico apropiado cuando sea necesario o razonablemente preciso.

ACCESO 03

Ayudas y servicios auxiliares

Se pueden proporcionar ayudas y servicios de comunicación adecuados a las personas con discapacidad, incluidas las personas sordas, con discapacidad auditiva, sordociegas o con discapacidades relacionadas con el habla.

ACCESO 04

Modificaciones razonables

THHS considera la posibilidad de realizar modificaciones razonables a las políticas, prácticas o procedimientos cuando sea necesario para evitar la discriminación por discapacidad y cuando sea compatible con la legislación aplicable.

La asistencia necesaria se proporciona sin cargo alguno.

Cuando así lo exija la legislación aplicable en materia de derechos civiles, THHS proporciona o coordina asistencia lingüística cualificada, ayudas y servicios auxiliares apropiados y adaptaciones razonables para personas con discapacidad, sin cobrar nada a la persona.

THHS no exigirá que una persona proporcione su propio intérprete cuando la ley aplicable requiera que THHS gestione asistencia cualificada.

3. Acceso lingüístico

Tu idioma materno no debería impedirte comprender información importante, hacer preguntas, participar en las decisiones o acceder a la atención y el apoyo adecuados.

Informe a THHS su idioma preferido lo antes posible. La asistencia lingüística puede incluir:

  • Intérpretes orales cualificados.
  • Personal bilingüe cualificado, cuando proceda.
  • Traducción de información escrita importante.
  • Ayuda para comprender la información del servicio, los derechos, los materiales de consentimiento, la información sobre privacidad, los procedimientos de quejas, la información sobre cuidados o las instrucciones de seguridad.
  • Otros servicios de asistencia lingüística exigidos por la legislación aplicable.

¿Necesita información en otro idioma?

Contacto:

Asistencia lingüística de THHS.CARE

Teléfono: 848-316-8540
Correo electrónico: languageaccess@thhs.care

Cuéntanos:

  • Tu idioma preferido.
  • La información, cita, servicio o comunicación en cuestión.
  • El tipo de ayuda que puede ser útil.
  • Su forma preferida de recibir una respuesta.

4. Comunicación eficaz para personas con discapacidad

THHS trabaja para brindar a las personas con discapacidades una oportunidad significativa para comprender la información, comunicarse, participar en las decisiones y acceder a los servicios cubiertos.

Dependiendo de las necesidades individuales y las circunstancias, la asistencia adecuada puede incluir:

  • Intérpretes de lengua de signos cualificados.
  • Intérpretes orales cualificados.
  • Servicios de apoyo a la comunicación para personas sordas, con discapacidad auditiva, sordociegas o con trastornos del habla.
  • Información en letra grande.
  • Información electrónica accesible.
  • Audio, Braille u otro formato apropiado, cuando sea necesario.
  • Otras ayudas auxiliares o servicios de comunicación.

5. Cómo solicitar ayuda

Solicitar ayuda es sencillo y puedes hacerlo con tus propias palabras. Aquí te explicamos cómo.

1

Cuéntanos sobre la barrera

Indíquenos qué le está causando dificultades: una barrera idiomática, una necesidad de comunicación, un problema de accesibilidad para personas con discapacidad o un documento que no comprende. No es necesario que mencione ninguna ley ni utilice términos técnicos.

2

Cuéntanos qué te ayudaría

Comparte lo que creas que sería útil: un intérprete, información traducida, un formato accesible o una modificación razonable. Si no estás seguro, te ayudaremos a encontrar la solución.

3

Cuéntanos tus preferencias

Indíquenos su idioma preferido, su formato preferido, cómo desea que nos pongamos en contacto con usted y cualquier horario que sea importante para una próxima cita o servicio.

4

Nosotros lo organizamos

THHS proporciona o coordina la asistencia. Cuando la ley aplicable lo exige, esta asistencia es gratuita y no le pediremos que traiga su propio intérprete.

6. Cómo THHS le ayuda a plantear o presentar una inquietud

Si cree que fue tratado injustamente, que se le negó el acceso o que no recibió la ayuda lingüística o de comunicación que necesitaba, puede presentar una queja, y THHS le ayudará. Nuestra función es ayudarle a expresar su queja por escrito, documentarla y presentarla a la persona o agencia responsable de revisarla.

Nunca estás solo con el papeleo.

Dependiendo de lo que necesites, esa ayuda puede incluir:

  • Al escribir una inquietud, nos la comunicas en voz alta.
  • Asistencia lingüística e intérprete cualificado.
  • Un servicio auxiliar de ayuda o comunicación.
  • Información en un formato accesible.
  • Explicarle sus opciones en términos sencillos.
  • Le ayudamos a completar el formulario de quejas de una agencia externa, por ejemplo, la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS OCR) o la División de Derechos Civiles de Nueva Jersey.
  • Con la participación de un tutor, representante, defensor o persona de apoyo autorizada.

Cuando esta asistencia sea requerida por la ley de derechos civiles, THHS la proporciona o la gestiona de forma gratuita.

7. ¿Qué sucede después de que nos lo cuentes?

Una vez que usted comunica su inquietud a THHS, el objetivo en cada paso es brindarle apoyo y canalizar su inquietud hacia el lugar adecuado.

  • Lo recibimos y lo reconocemos. Su inquietud ha sido registrada y es posible que nos pongamos en contacto con usted para confirmar que la hemos recibido y para preguntarle cualquier cosa que pueda ser de ayuda.
  • Nos ocupamos de las necesidades inmediatas. Evaluamos si un servicio lingüístico temporal, apoyo para la comunicación, una adaptación razonable u otra medida provisional le serían útiles de inmediato. Cualquier asunto urgente o que ponga en peligro la seguridad se remite inmediatamente al proceso de respuesta correspondiente.
  • Te ayudamos a documentarlo. Le ayudamos a expresar su inquietud con claridad y a recopilar todo lo que desee incluir, para que esté listo para ser presentado.
  • Nosotros ayudamos a dirigirlo al lugar correcto. Cuando una inquietud corresponde a una agencia externa, como la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS OCR) o la División de Derechos Civiles de Nueva Jersey, le ayudamos a presentarla allí. Si la ley exige que el Departamento de Salud y Servicios Humanos (THHS) revise una inquietud internamente, lo haremos o coordinaremos dicha revisión.
  • Te mantendremos informado. Les informamos sobre lo que hicimos, a dónde se dirigió la inquietud y quién se pondrá en contacto con ustedes, en un formato accesible.

8. Protección contra represalias

Puedes hablar sin miedo.

THHS prohíbe la intimidación, las amenazas, la coacción, la interferencia, el castigo, el acoso o las represalias ilegales porque una persona:

  • Solicité ayuda con el idioma.
  • Solicitó ayuda auxiliar o apoyo para la comunicación.
  • Solicitó una modificación razonable.
  • Discriminación denunciada.
  • Planteó o presentó una queja.
  • Proporcionó información durante una revisión.
  • Apoyé a otra persona en el ejercicio de un derecho protegido.
  • Me puse en contacto con una agencia gubernamental externa.
  • Ejerció de buena fe un derecho civil protegido.

Si cree que ha sufrido represalias, comuníquese directamente con THHS o con una agencia externa de derechos civiles. Expresar su preocupación nunca afectará la atención que reciba de nuestra parte.

9. Qué puede hacer THHS para ayudar

Mientras la autoridad competente revisa una denuncia por violación de derechos civiles, el Departamento de Salud y Servicios Humanos (THHS) suele tomar medidas de inmediato, especialmente en lo que respecta al acceso y la comunicación. Dependiendo de la situación, podríamos:

  • Proporcionar la asistencia lingüística solicitada.
  • Proporcionar una ayuda auxiliar o un servicio de comunicación.
  • Proporcione la información en un formato accesible.
  • Reconsiderar la situación o acordar una modificación razonable.
  • Eliminar o reducir una barrera de acceso identificada.
  • Aclarar una política, práctica, decisión o comunicación.
  • Revisa o mejora un formulario, una función de un sitio web, un flujo de trabajo o una práctica de servicio.
  • Le ayudaremos a presentar su queja ante la agencia responsable de revisarla.
  • Explique por qué no se puede proporcionar la acción solicitada y analice alternativas razonables.

¿Quién toma la decisión final?

El determinación formal La determinación de si se produjo discriminación ilegal y cualquier recurso legalmente vinculante corresponde a la agencia gubernamental de derechos civiles que revisa la queja, no a THHS. La función de THHS es brindar acceso, asistencia y apoyo, así como ayudar a tramitar y presentar su queja. Las normas de privacidad, laborales, clínicas y legales también pueden limitar la información que THHS puede compartir sobre acciones que involucren a otra persona.

10. Si quieres ir más allá

No es necesario que acuda primero a THHS, ni que se quede con nosotros. Si no está satisfecho con la forma en que se gestionó su inquietud, o simplemente desea una revisión externa, puede presentarla ante una agencia gubernamental de derechos civiles en cualquier momento.

THHS le ayudará a hacerlo. Si lo solicita, podemos:

  • Explique sus opciones externas.
  • Le ayudaremos a completar el formulario de quejas de una agencia externa.
  • Proporcione asistencia lingüística o un formato accesible para que pueda presentar su solicitud.
  • Cuando proceda, proporcione una copia de lo que compartió con nosotros.

Las agencias externas tienen sus propios plazos y procedimientos —algunas de tan solo 180 días—, por lo que conviene contactarlas cuanto antes. Su información de contacto se encuentra a continuación.

11. Dónde se revisan las quejas sobre derechos civiles

Las denuncias por violación de derechos civiles son revisadas y resueltas por agencias gubernamentales. Puede contactar directamente con cualquiera de ellas (no es necesario que acuda primero a THHS) y con gusto le ayudaremos a presentar su denuncia. Cada una tiene sus propios plazos y procedimientos, así que póngase en contacto con ellas para obtener información actualizada.

División de Discapacidades del Desarrollo de Nueva Jersey

Si tiene alguna inquietud sobre los servicios de la División de Discapacidades del Desarrollo (DDD, por sus siglas en inglés), también puede plantear el asunto a través de su Coordinador de Apoyo o de la División de Discapacidades del Desarrollo.

Para denunciar un presunto abuso, negligencia o explotación de un adulto con una discapacidad intelectual o del desarrollo, o represalias por parte de un proveedor por denunciar, llame al Línea directa de DDD, Disponible las 24 horas del día, los 365 días del año:

Teléfono: 1-800-832-9173 (luego pulse 1)

12. Información de contacto de THHS

Para obtener ayuda con el acceso lingüístico, el apoyo a la comunicación, el acceso para personas con discapacidad, una modificación razonable o para plantear o presentar una queja, póngase en contacto con:

Servicios de atención médica de mano tierna LLC

Olu Ogunbanjo
Coordinador/a de No Discriminación y Acceso Lingüístico

Calle División 50
Suite 501
Somerville, Nueva Jersey 08876

Teléfono: 908-444-6164

Correo electrónico: legal@thhs.care

Asistencia para el acceso al idioma
Teléfono: 848-316-8540
Correo electrónico: languageaccess@thhs.care